miércoles, 30 de marzo de 2011

En vigencia las sanciones de la nueva ley de tránsito

***SNN

En vigencia las sanciones drásticas


Tránsito | Quien condujere un vehículo particular bajo los efectos de drogas será sancionado con la pérdida de 15 puntos en su licencia, pero si se tratare del conductor de un vehículo de transporte público, comercial o de carga, perderá los 30 puntos de su licencia.


ecuador@elcomercio.com. Esta es una de las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. que aprobó la Asamblea Nacional y que entró ayer en vigencia con su publicación en el Registro Oficial.


Si bien las sanciones que se establecen en el cuerpo legal son duras para los conductores que infrinjan las normas, las reformas son flexibles. Esto debido a que se le da cuatro oportunidades al conductor para seguir conduciendo luego de haber perdido los 30 puntos. En total son 80 puntos a los que tiene derecho.


La Ley anterior solo preveía la recuperación de los 30 puntos, durante el lapso que dura la licencia, que son cinco años.


Cuando el conductor pierda los 80 puntos ya no tiene derecho a renovar la licencia y deberá esperar que transcurran los cinco años de vigencia que tiene ese documento desde su expedición.


Las sanciones que establece el cuerpo legal reformado van desde 1,5 puntos hasta 30 puntos, que es el caso antes indicado.


Las sanciones más leves se refieren al caso de utilizar el teléfono celular (3 puntos), evadir el pago de peajes y el taxista que no utilice el taxímetro durante su trabajo diario (4,5).


Al conductor que no respete las señales de tránsito se lo sancionará con la reducción de seis puntos de su licencia; a quien se estacione en curvas o puentes, sin colocar seguridad, 7,5 puntos; el que ocasione accidentes de tránsito solo con daños materiales a terceros, nueve puntos.


Asimismo, la reformada Ley de Tránsito establece la reducción de 10 puntos para el caso de quien conduzca con licencia revocada o suspendida y el que agreda al agente de tránsito.


Para los casos de quienes conduzcan en estado de embriaguez se le sanciona con la pérdida de 15 puntos. Esta falta y la relacionada con la conducción bajo los efectos de sustancias estupefacientes o drogas fueron incorporadas como contravenciones muy graves en la ley que recién entró en vigencia.


La reincidencia en el cometimiento de estas contravenciones será sancionada con la suspensión de un año de la licencia de conducir. Si la reincidencia es por segunda vez, la licencia será revocada o retirada definitivamente.


La ejecución de las sanciones serán competencia de los gobiernos municipales.

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