martes, 1 de febrero de 2011

Un deber del peatón es cruzar por el paso cebra

***SNN

  Los peatones deben cruzar las calles por los pasos cebras y pasos elevados o deprimidos en donde no existan pasos cebras; además, deben cruzar por las esquinas de las intersecciones.


Esta es una de las reformas a la Ley de Tránsito que consta en la nueva Ley que aprobó la Asamblea y que se refiere a los peatones. Estos, además, deben abstenerse de cruzar la calle por la parte anterior y posterior de los automotores que se hayan detenido momentáneamente.


El incumplimiento a estas disposiciones del cuerpo legal será sancionado con multa, equivalente al 10% de una remuneración básica unificada.


La Ley de Tránsito también otorga derechos a los peatones. Por ejemplo, tener preferencia en el cruce de vía en todas las intersecciones reguladas por semáforos cuando la luz verde de cruce peatonal esté encendida.


También tienen preferencia todo el tiempo en los cruces cebra, con mayor énfasis en las zonas escolares. Asimismo, los peatones, en materia de tránsito, tienen derecho a contar con infraestructura y señalización vial adecuadas que brinden seguridad.

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