martes, 8 de febrero de 2011

Jueces constitucionales aprobaron 6 de las 10 preguntas

***SNN


Quito (CRE).- Los jueces constitucionales, Nina Pacari y Roberto Bhrunis, aprobaron seis de las 10 preguntas de la consulta popular propuestas por el Ejecutivo, cuyos informes fueron entregados ayer a la Secretaría de la Corte Constitucional (CC).


Pacari tenía a su cargo el análisis de las preguntas relacionadas con el cambio de los plazos de la caducidad de la prisión preventiva, la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva únicamente para delitos menos graves, la reorganización de las cortes y del Consejo de la Judicatura (CJ).


También debía decidir si se prohíbe o no que las empresas de comunicación y financieras de carácter nacional tengan participación accionaria fuera del ámbito comunicacional o financiero.


Según el documento, al que tuvo acceso Diario El Universo, Pacari negó las preguntas 2, 3, 4 y 5, pues sostiene que la única vía para proceder a la consulta popular es a través de la convocatoria a la Asamblea Constituyente, conforme lo determina el artículo 444 de la Constitución.


En cuanto a la pregunta 1, moduló los términos de la misma, aunque dijo que también debe realizarse a través del procedimiento contemplado en el artículo 444.


Por su parte, Bhrunis declaró constitucional las cinco preguntas de reforma legal y dio paso a la consulta popular planteada por el presidente de la República, Rafael Correa, aunque con observaciones de forma.


Uno de los principales cambios es eliminar de cada pregunta lo que la oposición calificaba como “introducción inducida” y se reformulan los considerandos de la convocatoria.


Además, propone una pregunta con reformas a la que planteó el Ejecutivo y en la que añade un plazo de 30 días para que la Asamblea Nacional dicte una Ley de Comunicación en la que se cree un Consejo de Regulación de Medios “que norme la difusión de contenidos en la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y, que contengan criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o los medios emisores”.


Lo mismo plantea en la pregunta 5, que establece un plazo de 30 días para que la “Asamblea Nacional tipifique con infracción penal la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de trabajadores en relación de dependencia”.


Al calificar de constitucional las preguntas de la reforma legal, Bhrunis dispuso que el Consejo Nacional Electoral (CNE) organice el proceso electoral de consulta popular, “atendiendo las disposiciones contenidas en la Constitución, en la ley pertinente y en el presente dictamen de constitucionalidad”.


El dictamen, según el magistrado, tiene efectos de cosa juzgada formal, en tal virtud, “es competencia de la Corte realizar el control automático del contenido del Decreto Ejecutivo de convocatoria a consulta popular”.


Los documentos deben ser analizados en el Pleno de la CC, que deberá emitir el dictamen definitivo de constitucionalidad del referéndum.


La resolución final debe emitirse hasta el 21 de febrero cuando finaliza el término de 20 días que les otorga la Ley de Control de Garantías Constitucionales para emitir el dictamen de constitucionalidad.

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