***SNN
León Roldós
En su Historias de Cronopios y de Famas, nos relata Cortázar:
“…Las baldosas –en la casa de un cronopio– estaban colocadas de manera que se las pudiera leer en orden.
La primera decía: Bienvenidos los que llegan a este hogar.
La segunda: La casa es chica, pero el corazón es grande.
La tercera: La presencia del huésped es suave como el césped.
La cuarta: Somos pobres de verdad, pero no de voluntad.
La quinta: Este cartel anula todos los anteriores. Rajá, perro”.
Lo que se publicita y lo que es
Entre lo más publicitado del actual Gobierno está lo del ITT. El petróleo debe quedarse en la entraña de la tierra y que el Ecuador reciba en compensación del mundo capitalista, por no extraer y vender petróleo, una suma equivalente a lo que dejaría de percibir.
Los méritos del Ecuador: defender y no degradar uno de los espacios de mayor biodiversidad del universo; y, respetar la presencia de los pueblos no contactados que aún viven en la Amazonía.
Para forzar la acumulación de decisiones que permitan recaudar los fondos
La esencia de la seguridad jurídica es que todos los ciudadanos sepan que la norma es para todos los que están en iguales circunstancias. de compensación, el Gobierno ecuatoriano amenaza con el plan B: o aportan hasta un nivel mínimo en el fondo ya establecido o el Gobierno explota el petróleo del ITT.
Hay quienes creen que el Plan B le hace perder fuerza a la iniciativa Yasuní.
En cuanto a los pueblos no contactados, la Constitución de Montecristi expresa en el artículo 31 que serán protegidos y respetados en sus formas de vida individual y colectiva, con derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan. Y el año 2008 se criminalizó –en el Código Penal– cualquier agresión o desprecio contra ellos.
En el mensaje del 10 de agosto del 2010, el presidente Correa comprometiéndose a la explotación hidrocarburífera en la Amazonía, se mofó de los pueblos no contactados “Probablemente los 200 latinoamericanos perdidos en la selva, después de no haber hecho nada para vivir mejor, incluso argumentarán que son el ejemplo a seguir, porque ellos sí protegieron la Pachamama”.
¿A cuál se le cree: a Correa del fondo de compensación para no explotar el ITT, o al que se mofa de los 200 “perdidos en la selva”?
Los arbitrajes
En Montecristi, en la sesión del 14 de julio del 2008, con 90 votos de 110 presentes, se aprobó lo que debería ser el artículo 307 de la Constitución:
“Los contratos celebrados por el Estado con personas naturales o jurídicas extranjeras llevarán implícita la renuncia de estas a toda reclamación diplomática, salvo contrataciones que correspondan al servicio diplomático. El Estado ecuatoriano no podrá someterse a jurisdicción extranjera, salvo los procedimientos arbitrales de integración latinoamericana, previstos en esta Constitución”.
Los traficantes del poder, lo mocharon el 24 de julio del 2008. Eliminaron el párrafo “El Estado ecuatoriano no podrá someterse a jurisdicción extranjera, salvo los procedimientos arbitrales de integración latinoamericana, previstos en esta Constitución”.
Denunciada la falsificación, el bloque PAIS señaló que era una omisión sin importancia, porque si los contratos eran con personas jurídicas extranjeras, se aplicaría el artículo 422 para Tratados e Instrumentos Internacionales entre Estados.
Artículo 422.- No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas”.
Contra lo expresado por el bloque PAIS, el procurador Diego García en carta dirigida al Diario Hoy publicada el 20 de octubre del 2010:
“…A criterio de la Procuraduría General del Estado, esta prohibición se refiere únicamente a los ‘tratados o instrumentos internacionales’ y no se extiende a la firma de contratos, en los cuales, como norma general en las relaciones de comercio internacional, el Estado no actúa en su capacidad soberana, sino regido por las reglas de la contratación internacional…”.
Y ese criterio se incorpora en el nuevo Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, en la disposición general quinta “Autorización Previa.- Previa autorización por el Procurador General del Estado, podrá aceptarse otra jurisdicción y legislación para la solución de divergencias o controversias relativas a contratos, celebrados por el Estado y las entidades y organismos del sector público con gobiernos, entidades públicas o privadas extranjeras”.
En negocio de financiamiento con petróleo con China, el arbitraje será en Beijing; ¡qué servilismo de gobierno!
A voluntad de Correa, a unos sí y a otros no, se les facilitará arbitrajes en el exterior.
Solo para los de padrino. ¡Viva la fiesta!
El gobernante dador de favores
Atrás de todo está singularizar los negocios y los contratos del Estado.
Por eso, al mismo tiempo, un discurso crítico contra las empresas petroleras, y un contrato regalón y delincuencial con Ivanhoe, en que su actual vicepresidente es hermano del ministro de Energía no renovable, Wilson Pástor.
Es corrupción aquello. Claro que sí. Un ordenamiento jurídico honesto no debe singularizarse.
La esencia de la seguridad jurídica es que todos los ciudadanos sepan que la norma es para todos los que están en iguales circunstancias.
Ciudadanos, ¿qué hacer?
¿Esperar a que se los incluya en la lista de los bien vistos y se los excluya de la lista de los mal vistos?
No, hay que hablar, exigir, denunciar para que no haya privilegiados o excluidos a dedo.
El gobernante debe recordar que la impotencia al igual que un torrente de agua frente a un dique, encontrará cauces de consecuencias imposibles de prevenir. Ya Correa lo vivió en el Regimiento Quito de la Policía Nacional.
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