domingo, 15 de agosto de 2010

Relatoría de OEA mantiene dudas en Ley de Medios

***SNN
EL UNIVERSO
A la Asamblea se enviaron trece nuevas observaciones sobre la Ley de Comunicación. En ellas, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) expresa dudas respecto a varios artículos propuestos desde el oficialismo.

Catalina Botero, relatora para la Libertad de Expresión, en su carta dirigida al presidente del Legislativo, Fernando Cordero (PAIS), se muestra dispuesta a colaborar y dar asistencia técnica a la Asamblea “en iniciativas relacionadas con el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión”.

Aunque esta dependencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (Organización de Estados Americanos) considera que la actual propuesta tiene avances en comparación a la versión anterior que la Relatoría comentó a fines del 2009, aún encuentra textos que no están acorde a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Sobre la información objeto de protección recuerda que esa Convención no solo protege a las informaciones sino a la opinión. “Es consistente con el derecho internacional de que la ley proteja en forma expresa la emisión o divulgación de opiniones, juicios de valor o críticas, incluso cuando estas son chocantes u ofensivas”.

El artículo 18 del proyecto que establece que solo los comunicadores y periodistas con título podrán ejercer los cargos más importantes en los medios de comunicación es –para la Relatoría– contrario a lo que piensa la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Imponer la colegiación obligatoria para ejercer el periodismo “es una restricción ilegítima a la libertad de expresión”.

La Relatoría se satisface por el esfuerzo por crear un Consejo de Comunicación con mayor autonomía e independencia, pero observa como “imprescindible que la integración del órgano administrativo sea plural”.

Ve problemático el establecimiento de un régimen administrativo sancionatorio único que abarque a todos los medios de comunicación sin realizar diferenciaciones pertinentes.

“Lo que resulta legítimo en el limitado ámbito de la radiodifusión dado el uso de un bien público como las frecuencias de radio y televisión abierta, puede no resultar legítimo cuando se aplica a la televisión por suscripción, a la prensa escrita general, a los medios escritos especializados o a internet”.

Y agrega que “cualquier regulación debe atender muy cuidadosamente a la naturaleza de cada medio para no incurrir en restricciones innecesarias o desproporcionadas del derecho a la libertad de expresión”.

También considera que algunas de las obligaciones que impone el proyecto sobre los medios “pueden resultar ambiguas y exorbitantes... La falta de precisión o claridad en el régimen de obligaciones o la existencia de obligaciones desproporcionadas podría impedir de manera injustificada la operación o incluso la propia existencia de los medios”.

“La norma debería evitar vaguedades o ambigüedades”, como la imposición a todos los medios de diferenciar la opinión de la información, la obligación de difundir información “sin pruebas”, sancionar la difusión de publicidad que induzca a la violencia, racismo...”.

Observaciones: Carta remitida
Aspectos
Los comentarios enviados el pasado 10 de agosto por la Relatoría se refieren a la información objeto de protección, el derecho de rectificación o respuesta, el deber de observar buenas prácticas periodísticas, la cláusula de conciencia, la reserva de la fuente de información, el reconocimiento de la posibilidad estatal de establecer causales de censura previa y otros temas.

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