jueves, 10 de enero de 2013

Criminalización de la protesta, otra tergiversación al informe de veedores

***SNN
 
 
 
 
 
En el informe hacen relación al desfase que existe en la tipificación de los delitos de terrorismo y sabotaje. Lo que no se ha informado es que esas figuras penales están en el Código Penal desde 1972.
 
 
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La “criminalización de la protesta social” ha sido otra de las manipulaciones que ha recibido el informe de los veedores internacionales de Justicia por parte de cierta prensa y de políticos, aprovechando la coyuntura de las elecciones de febrero.



En el informe hacen relación al desfase que existe en la tipificación de los delitos de terrorismo y sabotaje. Lo que no se ha informado es que esas figuras penales están en el Código Penal desde 1972.
 
 
 
Es decir, han permanecido más de 30 años en las leyes nacionales, sin que nadie haya intentado reformar esos delitos. El único que tomó esa iniciativa es el Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
 
 
 
Esta Cartera de Estado incluyó en el proyecto de Código Integral Penal una actualización del concepto penal del terrorismo y sabotaje. La intención es que estas infracciones vayan por separado y sean sancionadas de distinta manera. Sin embargo, el proyecto de Código Integral Penal se encuentra estancado en la Asamblea Nacional y quienes han causado ese problema han sido los representantes de los partidos de la oposición.
 
 
 
La veeduría internacional solo mencionó este nudo crítico en su reporte final y tomó como referencia el caso de 10 hombres y mujeres, quienes son investigados por la Fiscalía por su supuesta participación en la detonación de bombas panfletarias en el 2011.
 
 
 
Ellos son llamados “los 10 de Luluncoto” y son investigados por supuesto terrorismo.
 
 
 
María del Carmen Jácome, subsecretaria de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, sostiene que este caso no puede ser enmarcado en un caso de protesta social.
 
 
 
Además, sostiene que ellos son parte de un proceso de investigación que está en manos de un juez que es independiente del Ejecutivo. “En el transcurso del proceso se han respetado todos sus derechos y en la audiencia ellos podrán demostrar su inocencia y la Fiscalía presentará sus evidencias, para que un juez decida”.
 
 
 
El Ministerio de Justicia es contundente no existe crimininalización de la protesta social en el país. Esa defensa ha sido en el interior y en el exterior del país. En julio, la ministra de Justicia, Johana Pesántez, envió una carta a Amnistía Internacional para aclarar las tergiversaciones de su reporte.
 
 
 
Lo más grave de ese informe fue asegurar que existen 24 “dirigentes sociales” en los cuales son acusados de terrorismo. Eso es falso. De los juicios que se incluyen en el reporte hay casos por: la obstrucción de vías públicas, la destrucción de bienes del Estado, agresiones y homicidio. Además, todos fueron impulsados por la Fiscalía.
 
 
 
Tampoco se informó que de los 24 acusados solo hay un caso que permanece abierto. Este juicio es por la muerte del profesor Bosco Wisuma, ocurrida en el 2009, durante una protesta en Morona Santiago. Los sospechosos Pepe Achacho, Fidel Kaniras y Pedro Mashiant no son investigados por terrorismo, sino por homicidio.
 
 
 
En julio, la ministra de Justicia, Johana Pesántez, escribió a Guadalupe Marengo, director regional de Amnistía Internacional, para aclarar caso por caso y demostrar que en el país no se criminaliza la protesta social y que las acciones judiciales no responden a una persecución política como trata de acusar Amnistía Internacional.
 
 
 
Por ejemplo, el proceso contra Vicente Zhunio, por las protestas ocurridas en Morona en el 2009. Él no fue enjuiciado por terrorismo, sino de destrucción de los bienes públicos. Y fue absuelto por la Justicia dos años después.
 
 
 
El juicio contra José Gutama, Manuel Pacheco, Tania Gutama, Rosa Gutama y otras tres personas también terminó a su favor. Ellos fueron investigados por la Fiscalía por la retención ilegal de dos policías y la destrucción de una ambulancia en las protestas en Azuay en enero del 2009. Los seis fueron exculpados a pesar de las evidencias en su contra, como la ambulancia destruida.
 
 
 
El caso de Carlos Guartambel, Federico Guzmán y Efraín Arpi acusados de obstruir las vías y dañar las señales de tránsito en una manifestación en Azuay. La Ministra de Justicia aclara que ellos, como en los otros casos, no son investigados por participar en el reclamo, sino porque con sus actos atentaron contra el derecho de otros ecuatorianos, como a circular libremente. En este juicio, los tres fueron condenados a ocho días de prisión.
 
 
 
Marco Guatemal, César Cuascota y Miguel Tocagón también fueron absueltos en el juicio por obstruir las vías públicas. Guatemal es un dirigente indígena de Imbabura.
 
 
 
Por último, los casos de Marlon Santi y Delfín Tenesaca, representantes de la Conaie, fueron investigados por destrucción de bienes públicos, como se demuestra en los documentos de la Fiscalía y de la Policía. Ellos también fueron absueltos.
 
 
 
La ministra Pesántez sostiene enfáticamente que en Ecuador no se criminaliza la protesta social, porque es un derecho contemplado en la Constitución, pero que un reclamo nunca puede desestabilizar el orden público, crear conmoción social e irrumpir contra los servicios públicos. En resumen, los reclamos ciudadanos no pueden atentar contra los derechos de los otros.
 
 
 
Y contradictoriamente, la ministra de Justicia afronta una millonaria demanda civil por parte de Pepe Acacho, por los supuestos perjuicios ocasionados para su detención. La acusación la presentó a pesar de que Pesántez asumió esa Secretaría de Estado, años después del arresto.
 
 
 
Fuente: EL CIUDADANO*
 
 
 

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