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QUITO | AFP | EL UNIVERSO
Con 104 votos a favor, la Asamblea Nacional aprobó la Ley para la regulación y control de tabaco, que prohibe fumar o mantener encendidos productos de tabaco en espacios cerrados, medios de transporte público y ambientes públicos y privados cerrados destinados a actividades deportivas.
Según el presidente de la comisión de Salud, Carlos Velasco (PAIS), la prohibición de fumar en espacios cerrados incluye a las discotecas, bares y clubes. Los dueños de estos locales que permitan el consumo de tabaco serán objeto de sanciones que van desde clausura temporal del establecimiento de hasta 15 días.
La ley determina que habrá espacios declarados 100% libre de humo de tabaco como instituciones públicas que tengan espacios cerrados, espacios cerrados que sean lugares de trabajo y de atención y acceso al público; todos los espacios cerrados o abiertos sean públicos o privados, que correspondan a dependencias de salud y educación a todo nivel, con excepción de los espacios abiertos de establecimientos de educación superior.
También son considerados espacios 100% libres de humo de tabaco las unidades de transporte público; y, ambientes públicos y privados cerrados, destinados a actividades deportivas.
La ley también establece un capítulo especial para la prevención, y se determina que la autoridad educativa nacional y la autoridad sanitaria nacional coordinarán la inclusión en el currículo eduativo de ejes transversales para la prevención, detección e intervención temprana del tabaquismo. Igualmente incluye campañas de información, comunicación y educación para la preveción del consumo del tabaco.
Se mantienen las prohibiciones de venta de cigarrillos a menores de edad, el expendio del tabaco en centros de cuidado infantil, instituciones educativas públicas o privadas en todos los niveles.
Se obliga a las empresas tabacaleras incluir en los empaquetados y etiqueados externos de los productos de tabaco, leyendas y pictogramas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos del consumo del tabaco.
El proyecto pasará a conocimiento del Ejecutivo para su sanción o veto; para lo cual tendrá 30 días de plazo.
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