martes, 11 de agosto de 2015

Salvador Quishpe: “Agradezco a Dios que mi viejito encontró algo en qué ocuparse”

***SNN




EN LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS MANUEL ASUNCIÓN QUISHPE SOLO HA PAGADO IMPUESTO A LA RENTA POR 2 AÑOS: 2011 ($ 492,53) Y 2014 ($ 139,25)

Hace 6 años proveedores del Consejo Provincial de Zamora realizan constantes compras en la ferretería del padre del prefecto, quien pasó a tener ingresos de $ 539 en 2005 a $ 745.878 en 2014.

Desde 2009 la ferretería El Inti se habría convertido en una de las principales proveedoras de materiales de construcción para los 12 mayores contratistas de la Prefectura de Zamora Chinchipe.

La ferretería  dispone de 2 locales en la ciudad de Zamora, una en el sector 10 de Noviembre y otra en el  barrio El Mirador. El negocio funciona desde 2005 y vende al por mayor y menor materiales de construcción, pinturas, barnices y lacas. Lo particular del establecimiento es que pertenece a Manuel Asunción Quishpe (63 años), padre del prefecto Salvador Quishpe (Pachakutik).

Según se desprende del portal del Servicio de Rentas Internas (SRI), de no poseer activos ni patrimonio y registrar ingresos por $539 en 2005, Manuel Quishpe pasó a reportar ingresos por $ 745.878,85 en 2014 y su patrimonio ascendió a $216.046,43. Sin embargo, en 15 años solo ha pagado Impuesto a la Renta en 2011 ($ 492,53) y 2014 ($ 139,25). Los demás declaró en $ 0.

De 2009 a 2015, entre sus clientes y, a su vez, proveedores del ente público presidido por su hijo constan: Ángel Ortega Ramón, Justo Ortega Matailo, Óscar Ordóñez Chalán, Antonio Velásquez Romero, Elías Quezada Romero, Víctor Ocampo Quirola, Sergio Buitrón Sánchez, Gilber Montaño Armijos, Juan Masache y José Pizarro Vásquez (ver gráfico); además la Constructora Consultora Ortega y Ortega CC.OO. Cía. Ltda., creada en Loja en 2013 con $ 500 de capital.

En la Superintendencia de Compañías figura que la empresa se dedica a construir obras civiles como puentes, carreteras, caminos vecinales, obras de drenaje e hidráulicas, canales de riego, construcción de vivienda, obras deportivas, piscinas, estadios; estudios y diseños de obras civiles; y planificación y fiscalización de proyectos.

Su principal accionista es Ángel Ortega Ramón, a quien también se le han adjudicado importantes contratos como persona natural, según consta en el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop).

Elizabeth Cartuche, contadora de esa empresa, indicó que tal vez compraron cosas pequeñas en la ferretería El Inti, no en grandes cantidades, pero no recuerda montos.

“Yo no tengo nada que ver, si es que mi hijo es prefecto eso no nos involucra. Él tendrá todos los papeles y que respaldan que no tiene ningún tipo de negociación con esta ferretería”, señaló Manuel Quishpe.

Negó tener negocios directos o indirectos con la Prefectura. Al citarle los nombres de los 12 proveedores del ente provincial que serían sus clientes, indicó que solo se le hace conocido el de Óscar Ordóñez Chalán porque todos esos clientes compran en su ferretería de vez en cuando y cosas pequeñas, por montos de $ 100 a $ 200.

Respecto a la Constructora Consultora Ortega y Ortega dijo: “Creo  que hace vialidad o algo así”.

Al ser consultado sobre el beneficio que vendría obteniendo el negocio de su padre, Salvador Quishpe  lo calificó como “infamias”.

“Qué culpa tengo de que mi pobre viejito tenga una ferretería desde fines de los años noventa”, dijo. Y pidió que le prueben si su padre abastece de materiales al Gobierno de Zamora. “Sé que la ley me prohíbe comprar donde haya algún tipo de relación (familiar). Eso es falso”, añadió.

Aseguró que el negocio de su padre tiene más deudas con los bancos que ganancias o utilidades. “Agradezco a Dios que mi viejito encontró algo en qué ocuparse”, dijo.

El artículo 62 de la Ley Orgánica de Contratación Pública (LOCP) estipula que no podrán contratar con el Estado: “Presidente y Vicepresidente de la República, ministros y secretarios de Estado, director ejecutivo y demás funcionarios del Instituto de Contratación Pública, legisladores, presidentes o representantes legales de las entidades contratantes previstas en esta Ley, los prefectos y alcaldes; así como los cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, de los dignatarios, funcionarios y servidores...” (I)


Fuente: EL TELÉGRAFO


No hay comentarios:

Publicar un comentario