miércoles, 7 de julio de 2010

Alvarado envió a Alexis Mera la carta de EL COMERCIO

***SNN
Fuente: El Comercio

respuesta | miércoles 07/07/2010
El secretario de Comunicación, Fernando Alvarado, contestó ayer a la carta que la directora general de EL COMERCIO, Guadalupe Mantilla de Acquaviva, le dirigió el pasado viernes 2 de julio.

En la misiva, difundida a la opinión pública el domingo 4, este Diario le exigió al funcionario precisar “qué medios concretamente son los corruptos, de qué actos delictivos se les acusa, en qué tribunales se ventilan las infracciones...”. Esto en relación a la campaña ofensiva de ‘spots’ que el Régimen pauta en los partidos del Mundial de Fútbol. En ella, el Gobierno acusa de manera generalizada a los medios de comunicación de delitos y actos de corrupción sin hacer precisiones.

Alvarado, en la carta que llegó ayer a las 16:28 a EL COMERCIO, no hace referencia a ninguno de los señalamientos que la Directora General de este Diario formuló en su misiva, recibida por la Presidencia de la República, el pasado viernes a las 12:55.

La respuesta del Secretario de Comunicación únicamente señala que ha procedido “a remitir el tema a la Secretaría Nacional Jurídica de la Presidencia de la República para que dé a su pedido el trámite que corresponda”.

Es decir, que la respuesta a la carta de EL COMERCIO quedó en manos de Alexis Mera. La oficina del funcionario, no obstante, no ha confirmado todavía como procederá con este trámite.

El Universo, Expreso y diario Hoy también enviaron sendas cartas. El lunes lo hizo Pedro Zambrano, director de Medios Ediasa, editora de los periódicos El Diario y La Marea de Manabí.

Zambrano sostiene que los mensajes del Gobierno “son injurias gravísimas, al constituir imputaciones de conductas legalmente tipificadas como delitos y éticamente reprochables”.

En ese sentido, se apoya en la Constitución, la Ley Orgánica de Acceso y Transparencia a la Información Pública y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El objetivo: exigir a Alvarado la entrega de una “copia del informe que le ha servido de base para contratar esta campaña publicitaria y que además se sirva identificar a los medios de comunicación a los que se hace alusión en la referida publicidad”.

La noche del lunes, Canal Uno emitió un editorial argumentando que la campaña del Gobierno merece una “respuesta clara y frontal”. En ese sentido, argumentó que las asociaciones de canales de Televisión, de Radiodifusión y de Canales Comunitarios han realizado un debate democrático sobre el proyecto de Ley de Comunicación.

Pero que el Gobierno ha respondido “con esta campaña difamadora...” que pretende hacer creer al país que todos los medios son corruptos y deshonestos. Canal Uno pidió al Régimen suspender las cuñas ofensivas.



CARTA DE MEDIOS EDIASA
13:11 - martes 06/07/2010 Portoviejo, 05 de julio del 2010

Doctor
Fernando Alvarado Espinel
Secretario General de Comunicación.- Presidencia de la República
Quito.

Señor Secretario:

PEDRO EDUARDO ZAMBRANO LAPENNTTY, Director de Medios Ediasa, empresa que edita los periódicos El Diario y La Marea, la radio Amiga, y Manavisión (todos en Manabí), ecuatoriano, mayor de edad, casado, domiciliado en la ciudad de Portoviejo; ante usted comparezco y formulo el siguiente Requerimiento de Información:

Antecedentes.-
La Secretaría General de Comunicación adscrita a la Presidencia de la República viene auspiciando varias cuñas publicitarias durante las transmisiones de los partidos de fútbol del campeonato mundial a través de los canales TC Televisión y Gama TV, en las que se hace alusión al debate que actualmente tiene lugar en la Asamblea Nacional para aprobar la Ley de Comunicación; y en las cuales,mediante gestos y afirmaciones verbales, se asevera que los medios de comunicación del país son “ladrones”, fomentan “la violencia”, ejercen la actividad periodística para ganar dinero ilegal e ilícitamente, se dedican a “mentir” y son “arrogantes”.

Las afirmaciones que se hacen en esos espacios publicitarios son injurias gravísimas, al constituir imputaciones de conductas legalmente tipificadas como delitos y éticamente reprochables.

Fundamento Legal.-

El artículo 66, numeral 23 de la Constitución, reconoce y garantiza el“derecho a dirigir (…) peticiones a las autoridades y a recibir atención o respuestas motivadas”, en el plazo adecuado.

El artículo 18 de la Constitución, de igual modo establece que toda persona tiene derecho a: “1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior. 2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.”

Los artículos 1, 19 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establecen que toda información que emana del poder público es de los ciudadanos, regulando en el Art. 9 de este cuerpo legal un plazo para la entrega de dicha información cuando es requerida:

“Art. 9.- Responsabilidad sobre la entrega de la Información Pública.- El titular de la entidad o representante legal, será el responsable y garantizará la atención suficiente y necesaria a la publicidad de la información pública, así como su libertad de acceso.

Su responsabilidad será recibir y contestar las solicitudes de acceso a la información, en el plazo perentorio de diez días, mismo que puede prorrogarse por cinco días más, por causas debidamente justificadas e informadas al peticionario.”

El Art. 19 numeral 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, manifiesta a su vez que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.”

El Art. 13 numeral 1 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, igualmente determina que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.”

Petición.-

Con los antecedentes expuestos, y con fundamento en las normas de carácter constitucional y legal invocadas, toda vez que las cuñas publicitarias efectuadas durante las transmisiones de los partidos de fútbol del campeonato mundial a través de los canales TC Televisión y Gama TV, contienen graves injurias al generalizar que todos los medios de comunicación son “ladrones”, fomentan “la violencia”, ejercen la actividad periodística para ganar dinero ilegal e ilícitamente, se dedican a “mentir” y son “arrogantes”, solicito a usted me entregue copia del informe o estudio que le ha servido de base para contratar esta campaña publicitaria y que además se sirva individualizar e identificar cuáles son los medios de comunicación a los que se hace alusión en la referida publicidad, indicando de manera particular si los medios que represento pertenecen a los que forman parte de esta campaña publicitaria de desprestigio.

Desde ya pongo a su conocimiento, que la negativa tácita o expresa a este justo pedido, me deja en libertad de iniciar las respectivas acciones legales contra los responsables de este enorme perjuicio moral.

Notificaciones que me correspondan en la ciudad capital, las recibiré en el casillero judicial 1747 de la Corte Provincial de Justicia de Quito.

Firmo con el Procurador Judicial de la empresa a la que represento.

Atentamente,


Pedro Zambrano Lapentty
Ab. Edison Cevallos Moreira
Gerente de Medios Ediasa

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